Información para alumnos y docentes

REGLAMENTO INTERNO PARA LOS EXÁMENES FINALES

 1.    En el marco de esta reglamentación se entiende como turno de exámenes al momento del período lectivo destinado a la sustanciación de los exámenes finales y como llamado a la o las fechas en que los estudiantes tendrán la oportunidad de rendir las evaluaciones finales de cada Área

 2.    Se establecerán cuatro turnos ordinarios de exámenes finales que se realizarán antes del comienzo del dictado de clases  (dos turnos de uno y dos llamados , respectivamente), al promediar el ciclo lectivo (un turno de un llamado) y luego de la finalización del cursado (un turno de dos llamados).

 3.    El Consejo Directivo dispondrá la realización de llamados extraordinarios cuando lo considere oportuno en función de las necesidades de la institución.

4.    El período en que se formarán las mesas de exámenes finales será fijado por el  Consejo Directivo, de acuerdo al Calendario Académico, y las fechas las establecerá el Equipo de Conducción, previa consulta a  las respectivas áreas.

5.    Las fechas de exámenes se publicarán con una antelación de dos semanas salvo en el caso de los llamados extraordinarios.

6.    La inscripción a los exámenes finales se realizará con una anticipación de 48 horas del día de la fecha de la realización del examen; estará a cargo de la secretaría y se registrará en una planilla en la que se consignará apellido y nombre, año en que aprobó la cursada y firma del alumno.

7.    Los alumnos inscriptos en una o varias mesas y que decidan no presentarse, deberán comunicarlo a secretaría con 24 horas de anticipación del día de la fecha de examen.

8.    El horario de las mesas de exámenes será fijado con 48 horas de anticipación (de acuerdo al número de inscriptos). Será obligación de los docentes del área publicar en la cartelera e informar a la secretaría el mismo, y será obligación de los estudiantes informarse al respecto. Los alumnos deberán prever que el examen puede iniciarse en horas de la mañana o de la tarde.

9.    Los estudiantes deberán presentarse a la evaluación munidos de la libreta de estudiante y del programa correspondiente a la mesa en la que se presentan.

10.  Aún en caso de que el área establezca una doble instancia de evaluación (escrita y oral), el examen final constituye una unidad de acreditación que deberá resolverse en un solo acto académico, sin desdoblamientos.

11.  La duración de los exámenes así como las partes que lo componen será establecido con claridad en el programa de examen que deberá ser presentado al finalizar la cursada.

 11 bis. En ningún caso podrán extenderse más allá de dos  horas  (para la parte escrita) y 45 minutos            (para el oral)                         

12.  Los exámenes finales  podrán ser presenciados por otros estudiantes con acuerdo del alumno que debe rendir en ese momento.

13.  La mesa examinadora establecerá con claridad y comunicará a los estudiantes en el momento del inicio del examen el cronograma de trabajo:

  1.  
    • Parte escrita
    • Momento de corrección
    • Orden de ingreso de los estudiantes a la parte oral.
    • Otros

14. En caso de mesas prolongadas – debido a la cantidad de inscriptos – los profesores podrán establecer una suspensión de las mismas, acordando con los estudiantes – que aún no rindieron – el horario de reanudación. Si en casos  excepcionales tuvieran que reanudarse en otra fecha, la misma se acordarà previamente con los estudiantes inscriptos  y se comunicará a la secretaría del Instituto.   

15.  No se interrumpirá el examen oral de ningún alumno por causas ajenas al desarrollo del mismo. Se contemplarán casos de fuerza mayor.

16.  Cualquier eventualidad no contemplada en este reglamento se registrará al dorso del acta volante con la firma de los integrantes de la mesa examinadora.